jueves, 13 de agosto de 2009

CONTROL DE IMPORTACIONES - OTROS MINISTERIOS

CONTROL DE IMPORTACIONES - OTROS MINISTERIOS
20 de Marzo de 2009 Referencia: Reporte.-Acaba de entrar en circulación la gaceta oficial Extraordinaria No. 5,912, con fecha 17/03/09 y vigencia inmediata, que contiene las nuevas "Listas 1 y 2" de las subpartidas arancelarias que en adelante requerirán, o no necesitarán, de un permiso ministerial para tramitar divisas a CADIVI para el pago de las facturas de importación. A última hora el Ejecutivo Nacional, a través de los nueve ministerios firmantes de la resolución, dio marcha atrás en sus intenciones previamente anunciadas y suavizó los términos de la nueva regulación, pues no fueron muchos los códigos que antes estaban en la Lista 1, la cual no requiere de autorización previa para pedir divisas a CADIVI, que fueron pasados al Listado 2, que sí restringe esa posibilidad y pone el control real de las compras al exterior en mano de alguno de los ministerios otorgantes de Certificados de No Producción Nacional o Producción Insuficiente. En la práctica, el cambio de velocidad operado con la modificación de la normativa en vigor, subraya la política oficial de referir parcialmente el control de las importaciones a los ministerios del poder central, utilizando como instrumento de freno de las mismas la negativa, demora y/o aprobación sólo parcial de las solicitudes que los interesados sometan a la consideración de esos organismos estatales. Por otro lado, el Banco Central tiene establecido otro freno adicional, que opera a través del hecho de que el presupuesto de dólares asignados para el reparto total de CADIVI ha venido recortándose, desde US$4.343 millones (cifra histórica pico del control de cambio, registrada en el mes de septiembre del año pasado), a US$2.516 millones, monto global de las aprobaciones autorizadas el pasado mes defebrero"2009. Como muelas de un mismo cangrejo, las pinzas de los ministerios y la reducción del monto del reparto por parte de CADIVI, actúan como instrumentos de contención contra las solicitudes hechas por las empresas y ciudadanos al control de cambio, solicitudes que en la actualidad totalizan un promedio mensual neto de cinco mil quinientos millones de dólares mensuales en peticiones introducidas ante el órgano controlador de las divisas (cifras propias estimadas), cúmulo que toca las puertas de CADIVI después de haber quedado en el camino cada mes otros dos mil quinientos millones adicionales de dólares que mueren represados en mano de los ministerios y representan trámites de autorización para hacer importaciones, filtrados y retenidos por el sistema de permisos previos. Todo lo anterior plantea de facto: -el crecimiento de un déficit que se agranda más cada vez, en las aspiraciones de los ciudadanos y empresas deseosos de obtener dólares baratos para satisfacer sus necesidades e intereses; -la existencia de un sistema feroz de puja por el objetivo, entre quienes piden divisas al Estado y quienes ejercen las funciones de repartirlas; -la apertura permanente del surgimiento potencial de frentes irregulares de resolución de esta antítesis, al margen de las normas formales. ✍GRUPOSOLUCIONES Email: jsl100@cantv.net
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GACETA OFICIAL EXTRAORDINARIA 5.912 DE 17 DE MARZO
Publicadas en Gaceta Oficial listas de bienes importados que requieren certificado de no producción Cadivi dio a conocer la lista que establece los listados actualizados de los códigos arancelarios para su debido conocimiento . 19 de marzo 2009 11:19 am - ABN Cadivi dio a conocer la lista que establece los listados actualizados de los códigos arancelarios para su debido conociemitno La Comisión de Administración de Divisas (Cadivi), en cumplimiento con el otorgamiento de la Autorización para la Adquisición de Divisas (AAD) para la importación de materias primas, bienes de capital y otros insumos utilizados en los procesos industriales y agrícolas, publicó las listas de bienes que requieren certificado de no producción.Mediante resolución publicada en Gaceta Oficial número 5.912 Extraordinario, de fecha martes 17 de marzo de 2009, se establecen los listados actualizados de los códigos arancelarios de los bienes que no requieren Certificados de Insuficiencia o de No Producción Nacional (lista Nº 1); y los que requieren de la presentación de este requisito (lista Nº 2) para la AAD.Toda persona natural o jurídica que requiera dicha autorización para importar los bienes contenidos en la lista Nº 2, deberá realizar la solicitud del Certificado de Insuficiencia o de No Producción Nacional ante el ministerio correspondiente.Cabe destacar que la resolución conjunta fue dictada por los Ministerios de Economía y Finanzas, Comercio, Industrias Básicas y Minería, Salud y Protección Social, Energía y Petróleo, Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias, Telecomunicaciones e Informática, Alimentación, Agricultura y Tierras.Asimismo, estos crearán el Comité Técnico de Coordinación Interministerial que tendrá la responsabilidad de realizar la revisión periódica de las listas Nº 1 y Nº 2. Quienes infrinjan esta resolución serán sancionados de acuerdo con las Manuel Barroso, presidente de Cadivi Archivo El NacionalLa Comisión de Administración de Divisas (Cadivi), en cumplimiento con el otorgamiento de la Autorización para la Adquisición de Divisas (AAD) para la importación de materias primas, bienes de capital y otros insumos utilizados en los procesos industriales y agrícolas, publicó las listas de bienes que requieren certificado de no producción.Mediante resolución publicada en Gaceta Oficial número 5.912 Extraordinario, de fecha martes 17 de marzo de 2009, se establecen los listados actualizados de los códigos arancelarios de los bienes que no requieren Certificados de Insuficiencia o de No Producción Nacional (lista Nº 1); y los que requieren de la presentación de este requisito (lista Nº 2) para la AAD.Toda persona natural o jurídica que requiera dicha autorización para importar los bienes contenidos en la lista Nº 2, deberá realizar la solicitud del Certificado de Insuficiencia o de No Producción Nacional ante el ministerio correspondiente. Cabe destacar que la resolución conjunta fue dictada por los Ministerios de Economía y Finanzas, Comercio, Industrias Básicas y Minería, Salud y Protección Social, Energía y Petróleo, Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias, Telecomunicaciones e Informática, Alimentación, Agricultura y Tierras.Asimismo, estos crearán el Comité Técnico de Coordinación Interministerial que tendrá la responsabilidad de realizar la revisión periódica de las listas Nº 1 y Nº 2. Quienes infrinjan esta resolución serán sancionados de acuerdo con las leyes.
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